• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Un año de cárcel por un abuso sexual en San Fermín y 9 meses por repelerle con un puñetazo que lo dejó en coma

El americano que golpeó a un pamplonés que trataba de besar a su novia deberá indemnizarle con 76.900 euros y pagar otros 60.000 euros al Servicio Navarro de Salud.

Un momento del juicio celebrado en Pamlona por una agresión sexual y otro golpe en legítima defensa.  (1)
Un momento del juicio celebrado en Pamlona por una agresión sexual y otro golpe en legítima defensa.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a un pamplonés a un año de prisión por un delito de abuso sexual ocurrido durante los Sanfermines de 2014 a una chica americana al término del encierro en la calle Estafeta el domingo 13 de julio. El hombre le agarró de la cintura e intentó besarla contra su voluntad. 

El novio de la chica, también estadounidense y de paso en San Fermín, repelió la agresión sexual con un fuerte puñetazo, que envió al pamplonés al hospital. Le condenan por ello a 9 meses de prisión por un delito de lesiones y a indemnizar al pamplonés con 16.500 euros por las lesiones, a 75.000 euros por las secuelas y a abonar a 60.430 euros al Servicio Navarro de Salud por los gastos de atención médica. En total, 152.000 euros. 

En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, la Audiencia estima que en la conducta del vecino de Pamplona, J. M. F. G., de 43 años, concurre la atenuante de embriaguez, ya que se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas que había consumido con anterioridad. Deberá indemnizar a la víctima con 3.000 euros en concepto de daño moral.

Por su parte, el tribunal aplica al estadounidense, Z. R. B., de 26 años, la eximente incompleta de legítima defensa por haber actuado para auxiliar a su novia de una “agresión ilegítima”.

LOS HECHOS OCURRIDOS AQUELLA MAÑANA

La sentencia considera probado que sobre las 8.37 horas del 13 de julio de 2014, el pamplonés de 43 años caminaba por la calle Estafeta bajo la influencia de las bebidas alcohólicas que había consumido anteriormente. En esa calle, a la altura del portal nº 2, ya cerca de la zona de Telefónica, se encontraba apoyada en la pared una joven estadounidense esperando a su novio, que acababa de participar en el encierro

El pamplonés, al observar la presencia de la joven, a la que no conocía, se dirigió a ella, saludándola inicialmente, siendo respondido. Le preguntó si quería tomar algo, a lo que la chica le contestó que no y que estaba esperando a su novio. A pesar de esta respuesta, el hombre se acercó a la mujer a escasos centímetros y con la chica con su espalda en la pared. Le acarició el pelo, le colocó las manos en la cintura e intentó besarla

Ella le pidió que no lo hiciera, pese a lo cual mantuvo su cuerpo muy próximo a la chica "mientras lloraba y temblaba, llamando a su novio, pronunciando el nombre del mismo, durando la situación descrita poco más de un minuto". 

En el momento en el que ocurrían estos hechos, el novio de la joven observó a escasos metros la presencia de la chica en la situación descrita y al considerar que estaba siendo objeto de un atentado contra su libertad sexual, y al ver que se encontraba llorando y angustiada, se dirigió corriendo hasta el lugar en el que se encontraba y sin detenerse ni mediar palabra, se abalanzó sobre el pamplonés propinándole directamente un fuerte puñetazo en la cara. 

El pamplonés cayó al suelo, se golpeó la cabeza contra el adoquín y se quedó inconsciente. 

Por motivo del golpe, el pamplonés sufrió graves lesiones en la cabeza que requirió la intervención quirúrgica urgente  y otras dos en fechas posteriores. Se recuperó a los 249 días, con 28 hospitalizado y 221 incapacitado para sus ocupaciones habituales. Quedó con secuelas y cicatrices que le ocasionan un "perjuicio estético moderado", Toda la asistencia médica costó 60.430 euros, que deberá abonar ahora el joven americano novio de la chica. 

Por el momento, el estadounidense consignó en el juzgado 12.000 euros para la reparación parcial de los perjuicios causados. 

LOS RAZONAMIENTOS DE LA AUDIENCIA

Sobre la agresión sexual, la Audiencia considera que el excesivo acercamiento físico sobre la víctima, acariciando su pelo, la colocación de las manos sobre la cintura de la misma y el hecho de tratar de besarla ponen de manifiesto la concurrencia del elemento objetivo del delito, concretado en el contacto corporal.

Señala la Audiencia que no es necesario para la existencia del delito que ese contacto o tocamiento se proyecte sobre determinadas partes del cuerpo de mayor significado sexual, bastando con esa exteriorización o materialización con significante sexual de los actos ocurrido. 

En cuanto al puñetazo del americano al pamplonés, señala la sentencia que "no nos hallamos ante un leve golpe o ante un empujón (...) sino ante un violento puñetazo propinado en la forma indicada, en la cara, ante el cual, para el hombre fue súbito e inesperado golpe". El autor, el americano, "pudo percibir y comprender que había un elevado índice de probabilidad de que se produjere un grave resultado lesivo como consecuencia de su acción, no obstante lo cual la ejecutó, asumiendo o aceptando el previsible resultado", mantiene el texto. 

Sin embargo, no considera la alevosía al entender que la actuación obedeció a su reacción inmediata ante la situación en la que apreció que se encontraba su novia.


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Un año de cárcel por un abuso sexual en San Fermín y 9 meses por repelerle con un puñetazo que lo dejó en coma